LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES
CAPITULO
I
De
la constitución y funcionamiento de las Sociedades en general
Artículo 1o.- Esta Ley reconoce las siguientes especies de sociedades
mercantiles:
I.- Sociedad
en nombre colectivo;
II.- Sociedad
en comandita simple;
III.- Sociedad
de responsabilidad limitada;
IV.- Sociedad
anónima;
V.- Sociedad
en comandita por acciones, y
VI.- Sociedad
cooperativa.
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